Condiciones Generales

CONDICIONES GENERALES DE VENTA DE PROMOCIONAL, EVENTOS Y PUBLICIDAD S,.L., en adelante MATPROM

Artículo 1. Generalidades

1.1 Estas condiciones generales de venta son de aplicación, sin perjuicio de lo estipulado en el apartado 2 de este artículo, a todas las ofertas, contratos y facturas de Matprom. El usuario de estas condiciones generales de venta se denomina, en adelante, Matprom y la otra parte se denomina “el cliente”. Además, y siempre en su versión más reciente, estas condiciones generales de venta son de aplicación a contratos futuros, y/o a contratos continuados, entre Matprom y el cliente, también cuando no se haga explícitamente referencia a las mismas.

1.2 Si en los Precios de Matpromu que se publican periódicamente en nuestra web, http://www.matprom.com/, o en otras ofertas, se hallan incorporadas estipulaciones que difieren explícitamente de las estipulaciones de estas condiciones generales de venta, por ejemplo, en relación con descuentos, plazos de pago, pedidos mínimos, costes de transporte, etc., aquellas estipulaciones explícitas son las que tienen validez en lugar de las estipulaciones en relación con temas similares formuladas en estas condiciones generales de venta.

1.3 Donde en estas condiciones generales, o en un contrato formalizado entre Matprom y el cliente, se haga referencia a una cláusula internacionalmente definida (p.ej. EXW, CIF, DDP, etc.), tal cláusula se ha de entender según el sentido de los Incoterms, publicados en 1990 por la Cámara de Comercio Internacional.

1.4 Por el mero hecho de su encargo a Matprom, el cliente renuncia a condiciones eventualmente existentes de su parte, cualquiera que sea su denominación o que sea su presentación, de modo que exclusivamente estas condiciones generales de venta sean de aplicación a todos los contratos.

Artículo 2. LIQUIDACIONES y encargos

2.1 Todas las ofertas de Matprom, se realizan sin compromisos, tanto en cuanto al precio, como en cuanto al plazo de entrega, a no ser que Matprom formule explícitamente en su confirmación del encargo del cliente otra cosa.

2.2 El contrato se perfecciona por medio de una confirmación por escrito por parte de Matprom de un encargo, o por el comienzo de la ejecución fáctica por Matprom del referido encargo. Matprom se reserva el derecho de rechazar pedidos o encargos sin indicar razón.

Artículo 3. Precios

3.1 Los precios y las demás condiciones se basan en la clase y el volumen de los productos a suministrar que se mencionan en la oferta. Los encargos que sólo se refieren a una parte de la oferta, le otorgan a Matprom el derecho a modificar los precios y condiciones mencionadas en ella.

3.2 Todos los precios son precios netos, exclusive impuestos y derechos (incluidos entre ellos, impuestos sobre el volumen de ventas [I.V.A.], y derechos de importación y exportación) y exclusive los costes de aseguramiento y de transporte, a no ser que Matprom y el cliente convengan, explícitamente y por escrito, otra cosa.

3.3 Los precios de todo nuestro catálogo cambian de forma constante, debido a muchos factores como por ejemplo el cambio de divisas, nuevas entradas de stock, etc. Sin embargo, en caso de aumento de precios, el cliente tiene derecho a resolver el contrato. Si el cliente resuelve el contrato, Matprom no tiene la obligación de pagar compensación o indemnización alguna.

Artículo 4. Entrega de productos y plazo de entrega

4.1 La entrega de productos tendrá lugar en el momento en que Matprom los tenga listos en el almacén para su envío al cliente y siempre y cuando se haya pagado dicha mercancía. A partir del momento de la entrega, el riesgo de los productos corresponde al cliente. Matprom sólo está obligada a colocarlos en un lugar de su propio terreno empresarial, a indicar por ella, para su recibo en nombre del cliente. Particularmente, Matprom no responde de los eventuales daños de transporte.

4.2 Si se ha convenido que Matprom entregará los productos en una dirección indicada por el cliente, Matprom  ha cumplido esta obligación presentando una vez los productos en la referida dirección. El cliente no puede remitirse al hecho de que los productos no han sido recibidos o a la incompetencia del receptor para recibir los productos en nombre de él.

4.3 Un plazo de entrega convenido se prorroga con el período en que Matprom tiene derecho a remitirse a algún derecho de suspensión o de fuerza mayor.

4.4 Los plazos de entrega mencionados por Matprom tienen carácter indicativo. El traspaso de un plazo de entrega mencionado por Matprom, no causa mora por parte de Matprom. El cliente no tiene derecho a ninguna indemnización por daños y perjuicios directos o indirectos, causados por el traspaso del plazo de entrega convenido o mencionado por Matprom.

4.5 Matprom tiene el derecho a realizar las entregas en partes. Si Matprom no hace uso de este derecho, cada una de las entregas se considera como un contrato aparte, que causa un compromiso de pago de la parte del cliente.

Artículo 5. Entrega de productos especiales

5.1 Si Matprom recibe un encargo de entregar productos que han de ser impresos, o compuestos, o procesados, especialmente para el cliente, éste tiene la obligación de suministrar material de buena calidad y directamente reproducible.

5.2 Matprom enviará de antemano una prueba virtual de impresión  para ser sometida a la aprobación del cliente. En este caso Matprom se obliga a presentar al cliente una prueba virtual de imprenta o una muestra, las cuales se considera que han sido aprobadas por el cliente, si éste no las ha rechazado por escrito antes de pasados cinco días laborales después de su presentación. Si los productos entregados por Matprom difieren de la prueba de imprenta o de la muestra, esto puede ser calificado como incumplimiento por parte de Matprom. No se considerará un error de impresión las variaciones menores de coloración de la impresión o personalización.

5.3 Todos los costes relacionados con las actividades a realizar por Matprom para la composición y el procesamiento de los productos aludidos en el artículo 5.1, serán cargados por separado a cuenta del cliente, a no ser que se haya convenido otra cosa.

5.4 Matprom tiene el derecho a entregar al cliente una cantidad de hasta un 5 % mayor o menor que la cantidad encargada por el cliente de los productos aludidos en este artículo 5, y a cargar la cantidad entregada a cuenta del cliente.

Artículo 6. Garantías / Reclamaciones / Devoluciones

6.1 En el momento de la entrega, el cliente tiene la obligación de verificar si los bienes entregados cumplen el contrato.

6.2 Las reclamaciones en relación con deficiencias externamente observables tienen que ser realizadas por escrito antes de pasado el plazo de catorce días a partir del momento de la entrega de los bienes, el cual servirá como plazo de vencimiento.

6.3 Las reclamaciones en relación con deficiencias no externamente observables tienen que ser realizadas por escrito antes de haber transcurrido el plazo de catorce días a partir del momento en que las deficiencias hayan sido constatadas.

6.4 Las reclamaciones en relación con el importe de las facturas enviadas por Matprom tienen que ser realizadas por escrito antes de haber transcurrido el plazo de pago indicado en el apartado 1 del artículo 11, el cual servirá como plazo de vencimiento.

6.5 Después del recibo de una reclamación realizada con arreglo a los apartados anteriores de este artículo, Matprom, si, según su propio criterio, está justificada la objeción del cliente, pasará a la reparación del daño, a la sustitución o al abono del defecto, ello exclusivamente a elección de Matprom. El valor de la prestación de MAtprom a que se refiere la frase anterior, no sobrepasará en ningún caso el precio de la parte defectuosa de los productos entregados. Matprom no es responsable de ningún daño causado por el defecto, ni está obligado a realizar ninguna otra prestación que la referida en la primera frase de este apartado.

6.6 Si el cliente hace llegar reclamaciones a conocimiento de Matprom, y, en relación con ello, a petición de Matprom o no, devuelve bienes a Matprom, todos los costes -incluidos entre ellos también los costes del transporte – correrán a cargo del cliente, si Matprom no reconoce las reclamaciones en cuestión.

6.7 La presencia de un defecto, según se refiere en este artículo, no le da al cliente el derecho a suspender las obligaciones de pago nacidas del contrato. Matprom no tiene la obligación de realizar alguna prestación, si y en la medida en que el cliente no haya cumplido todas sus obligaciones para con Matprom (incluido entre ellas: el pago completo del precio de compra), independientemente de si las referidas obligaciones han nacido del contrato o de otra fuente.

6.8 No se vuelven a aceptar productos correctamente entregados, a no ser que Matprom y el cliente convengan por escrito otra cosa. En este caso, todos los productos a devolver tienen que encontrarse en su estado y embalaje originales, y Matprom acreditará el importe de la factura de estos productos con disminución de sus costes y de la pérdida del valor de los productos. Los costes del envío de devolución correrán a cargo del cliente.

6.9 La obligación de garantía y la responsabilidad de Matprom de los productos entregados por Matprom que Matprom adquirió de terceros, se limitan, en cualquier caso, al alcance de la obligación de garantía y de la responsabilidad que este tercero asumió en relación con los referidos productos para con Matprom y cuyo cumplimiento será efectuado realmente por este tercero para con Matprom. A petición por escrito del cliente, Matprom facilitará datos más detallados en relación con la obligación de garantía y la responsabilidad asumida por el referido tercero.

6.10 Si los productos vendidos son productos personalizados, según las necesidades e instrucciones de los usuarios, Matprom no podrá aceptar cambios ni devoluciones, ni el desistimiento de la compra por parte del usuario. Por tanto, una vez realizado el procedimiento de compra y aceptado el pedido por parte de Matprom, el cliente no podrá desistir del contrato. Esta disposición no afecta a otros derechos reconocidos al consumidor por la legislación vigente.

Artículo 7. Fuerza mayor

7.1 En caso de fuerza mayor por parte de Matprom, Matprom tendrá el derecho a suspender la ejecución del contrato, o, a su elección, a disolver parcial o completamente el contrato, sin tener la obligación de indemnizar al cliente.

7.2 Se entiende por fuerza mayor toda circunstancia por la que el cliente ya no puede requerir, en lo razonable, el cumplimiento parcial o completo del contrato, incluidas entre ello, en todo caso, prohibiciones de importación o de exportación, una prohibición, impuesta a Matprom por un tercero, a entregar productos por infringir los derechos industriales o intelectuales de un tercero, huelga, incendio, y otras calamidades que impidan o limiten la explotación empresarial, falta de materias primas y auxiliares, obstrucciones de transporte, guerras, sublevación, y medidas de autoridades mayores, independientemente de si estas circunstancias se producen en relación con Matprom o con sus suministradores.

Artículo 8. Reserva de dominio

8.1 Todos los productos entregados al cliente por Matprom siguen perteneciendo a la propiedad de MAtprom, mientras el cliente no haya abonado todos los créditos de Matprom en relación con la contraprestación por productos entregados o a entregar por Matprom en razón de cualquier contrato, así como por trabajos realizados o a realizar a favor del cliente en razón de tal contrato.

8.2 Lo estipulado en el apartado 1 es también de aplicación a los créditos de Matprom por el incumplimiento por parte del cliente de los contratos indicados.

8.3 Si Matprom tiene motivos fundados para temer que el cliente no cumpla las obligaciones de pago para con Matprom, Matprom tendrá el derecho a recuperar los productos entregados bajo reserva de dominio. Después de su recuperación, el cliente será acreditado con el precio de mercado de los productos recuperados, el cual no será en ningún caso más alto que el precio de compra original, con disminución de los costes realizados por Matprom en relación con la referida recuperación.

Artículo 9. Disolución / suspensión / compensación

9.1 Sin perjuicio de sus derechos en virtud de la ley, Matprom tiene el derecho a disolver el contrato con efectos inmediatos en caso de quiebra, suspensión de pagos o liquidación de la empresa del cliente, así como en caso de una modificación drástica de las relaciones en cuanto al poder de decisión en la misma empresa.

9.2 El cliente no tiene el derecho a remitirse a cualquier derecho de suspensión para con Matprom, incluidos en ello el derecho de retención y/o de compensación.

Artículo 10. Responsabilidad

10.1 Aparte de la entrega de los productos indicados en el contrato con el cliente, y de las obligaciones mencionadas en el artículo 6, Matprom no está obligada a realizar ninguna otra prestación a favor del cliente.

10.2 Matprom no es responsable de cualquier daño, directo o indirecto, sea de la índole que sea, independientemente del modo en que se causó el daño e independientemente de las personas por culpa de quienes se causó el daño, salvo en la medida en que el daño sea la consecuencia de dolo o de culpa grave por parte de la administración de Matprom.

10.3 La indemnización a que Matprom esté obligada no sobrepasará nunca el importe de la factura de los productos entregados en relación con los cuales se causó el daño, o a causa de los cuales se ocasionó el daño.

Artículo 11. Pago

11.1 El pago tiene que efectuarse previo a la entrega de los productos, a no ser que Matprom y el cliente convengan por escrito explícitamente otra cosa, y que, en su defecto, el cliente se encuentre en mora en virtud de la ley.

11.2 Matprom tiene, en todo momento, el derecho a requerir el pago anticipado, parcial o completo, del precio convenido, o a exigir entrega contra reembolso.

11.3 En defecto del pago con la debida anticipación, el cliente adeuda un interés del 1,5% por cada mes o parte del mes con que se ha sobrepasado el plazo de pago. El interés adeudado se calcula sobre la parte del importe total de la factura (con inclusión del impuesto sobre el volumen de ventas [IVA]) que se encuentra pendiente de pagar. En defecto del pago con la debida anticipación de cualquier factura, todas las facturas pendientes, pero también las facturas cuyo plazo de pago todavía no ha vencido, se hacen exigibles de inmediato.

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